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CNSC Constitución P.
Leyes, decretos y otros artículos
| Question | Answer | |
|---|---|---|
| ¿Qué características tiene Colombia según el artículo 1 de la Constitución? | Colombia es un: • Estado Social de Derecho • organizado como República unitaria • descentralizada • democrática • participativa • pluralista. | |
| Art. 1 Estado Social de Derecho | El Estado protege los derechos, la dignidad humana y busca la justicia social. | Una institución identifica que un estudiante se encuentra en una situación de vulnerabilidad y activa los mecanismos institucionales para garantizar su derecho a la educación y su protección integral. |
| Art. 1 República unitaria | Colombia es un solo Estado con una sola Constitución y un solo orden jurídico. | Una institución educativa de un municipio debe cumplir las normas nacionales que regulan el servicio educativo, aunque tenga autonomía para desarrollar aspectos propios de su PEI. |
| Art. 1 Descentralización | Algunas funciones son ejercidas por departamentos, distritos y municipios. | Una Secretaría de Educación certificada participa en la administración y organización del servicio educativo en las instituciones de su territorio, dentro de las competencias que le corresponden. |
| Art. 1 Democracia | El pueblo elige a sus gobernantes y ejerce la soberanía. | Los estudiantes participan mediante elecciones para escoger sus representantes estudiantiles ante los órganos de participación establecidos en la institución. |
| Art. 1 Participación | Los ciudadanos intervienen activamente en las decisiones públicas. Ejemplo: Funcionamiento del Gobierno Escolar y del Consejo de Padres. | La comunidad educativa participa en los espacios institucionales establecidos para discutir y tomar decisiones relacionadas con la vida escolar. |
| Art. 1 Pluralismo | Se reconocen y respetan las diferencias culturales, religiosas e ideológicas. Ejemplo: Promover un ambiente escolar inclusivo y libre de discriminación. | En una institución conviven estudiantes con diferentes culturas, creencias y formas de pensar, y las actividades escolares deben desarrollarse respetando esa diversidad. |
| Art. 2 Servicio a la comunidad | El Estado existe para servir a las personas. | La institución educativa orienta sus actuaciones hacia la garantía del servicio educativo y la atención de las necesidades de sus estudiantes y familias. |
| Art. 2 Prosperidad general | Busca mejorar el bienestar de toda la población. | La institución desarrolla proyectos educativos que buscan mejorar las oportunidades de aprendizaje y formación integral de todos sus estudiantes. |
| Art. 2 Garantía de derechos | Debe proteger los derechos y libertades de todas las personas. | Ante una situación que pueda vulnerar el derecho de un estudiante, la institución adopta las medidas institucionales correspondientes para proteger sus derechos. |
| Art. 2 Convivencia pacífica | Promueve la solución pacífica de los conflictos. | Ante un conflicto entre dos estudiantes, la institución utiliza mecanismos pedagógicos y de diálogo para favorecer la resolución pacífica y la reparación cuando corresponda. |
| Art. 2 Orden justo | Las decisiones deben orientarse por la justicia y la equidad. | Al tomar una decisión frente a una situación disciplinaria, la institución considera las circunstancias del caso, garantiza el debido proceso y evita decisiones arbitrarias. |
| Art. 4 Supremacía de la Constitución | Ninguna norma puede estar por encima de la Constitución. | Si una disposición institucional contradice un derecho constitucional, la institución debe ajustar su actuación al marco constitucional y no aplicar una regla institucional contraria a este. |
| Art. 5 Dignidad humana | La persona es el centro de la actuación del Estado. | Un docente corrige una conducta inadecuada del estudiante sin recurrir a humillaciones, tratos degradantes o expresiones que atenten contra su dignidad. |
| Art. 6 Responsabilidad | Servidores públicos y ciudadanos responden por sus actuaciones. | Un servidor público del sector educativo debe responder por las decisiones y actuaciones que adopte en ejercicio de sus funciones. |
| Art. 7 Diversidad étnica y cultural | El Estado reconoce y protege la diversidad del país. | La institución reconoce las particularidades culturales y étnicas de sus estudiantes y evita prácticas educativas que desconozcan o discriminen dicha diversidad. |
| Art. 8 Protección de las riquezas culturales y naturales | Todos deben proteger el patrimonio cultural y ambiental. | La institución desarrolla proyectos de educación ambiental y promueve entre los estudiantes el cuidado de los recursos naturales y del entorno escolar. |
| Art. 9 Soberanía nacional | Colombia es independiente frente a otros Estados. | Una institución educativa puede enseñar sobre relaciones internacionales y otros países, pero dentro del marco de la identidad y soberanía nacional establecida por la Constitución. |
| Art. 10 Oficialidad del idioma español y protección de lenguas étnicas | Se reconoce el español como idioma oficial y se protegen las lenguas de los grupos étnicos. | En una institución con estudiantes pertenecientes a una comunidad étnica, se reconoce y respeta su lengua propia dentro de los mecanismos educativos pertinentes. |
| Art. 44 Protección integral de niños, niñas y adolescentes | Los niños tienen derechos fundamentales y estos prevalecen sobre los derechos de los demás. La familia, la sociedad y el Estado deben garantizar su protección y desarrollo integral. | Ante una situación que pueda afectar los derechos fundamentales de un estudiante menor de edad, la institución debe priorizar su protección integral y activar las actuaciones correspondientes. |
| Art. 45 Protección y formación integral del adolescente | El adolescente tiene derecho a la protección y a la formación integral. El Estado y la sociedad deben garantizar su participación activa en organismos relacionados con su protección, educación y progreso. | Los estudiantes adolescentes participan en espacios de representación estudiantil y en mecanismos institucionales relacionados con su formación y vida escolar. |
| Art. 67 Derecho a la educación | La educación es un derecho de la persona y un servicio público con función social. Busca el acceso al conocimiento, la ciencia, la técnica y los demás bienes y valores de la cultura. | Una institución debe garantizar el acceso y permanencia de los estudiantes y desarrollar procesos educativos orientados a su formación integral. |
| Art. 68 Libertad de enseñanza y participación de la comunidad educativa | Los particulares pueden fundar establecimientos educativos. La comunidad educativa participa en la dirección de las instituciones. La enseñanza debe respetar la dignidad y los derechos fundamentales. | La comunidad educativa participa en la gestión institucional mediante mecanismos como el Gobierno Escolar, respetando los derechos y la dignidad de los estudiantes. |
| Ruta de Atención Integral para la Convivencia Escolar (RAICE) ¿Qué es? | Es el conjunto de acciones, estrategias y procedimientos que deben seguir las instituciones educativas para: promover la convivencia escolar, prevenir la violencia escolar., atender oportunamente los conflictos, realizar seguimiento a los casos. | Su objetivo principal es garantizar los derechos humanos, sexuales y reproductivos de niños, niñas y adolescentes, fortaleciendo una convivencia pacífica y un ambiente escolar protector. |